Desde el 1 de diciembre de 2023 es obligatorio disponer de un Canal de Denuncias en las firmas de Auditoría.
El no disponer de un Canal de Denuncias adecuado, que cumpla con las características estipuladas, puede llevar a constituir una sanción de hasta 1.000.000 €.
¿Qué es un canal de denuncias?
Un canal de denuncias es un espacio donde los empleados de una empresa pueden comunicar posibles irregularidades dentro de la organización, tanto acciones como omisiones, de forma confidencial. Estos canales, además de prevenir posibles infracciones, tienen la finalidad de proteger frente a represalias a aquellas personas que impongan denuncias mediante dichos canales.
¿Bajo qué leyes se rige?
Hasta la fecha, los canales de denuncias para firmas de auditoría estaban regulados por la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales. Esta establecía una herramienta interna para denuncias de infracciones o irregularidades, sin ningún tipo de obligatoriedad. Pero, con la entrada en vigor de la Ley 2/23, se establece la obligatoriedad de disponer de dicho Canal a los auditores y despachos de auditoría, además de la protección y la confidencialidad de los mismos denunciantes.
La obligación para estas sociedades de disponer de este tipo de Canales se ve expresada en el siguiente artículo:
Artículo 10. Entidades obligadas del sector privado.
Las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, […] deberán disponer de un Sistema interno de información que se regulará por su normativa específica con independencia del número de trabajadores con que cuenten. En estos casos, esta ley será de aplicación en lo no regulado por su normativa específica.
El incumplimiento de la obligación de disponer de un Sistema interno de información se considera una infracción muy grave, que en consecuencia supondrá una sanción de entre 600.001 € y 1.000.000 €.