Los pasados días 5 y 6 de mayo, tuvo lugar en la IV Jornada de auditoria y contabilidad en la ciudad de Girona la presentación de nuestros nuevos servicios para pymes, micropymes y despachos: CleverKitDigital te permite digitalizar tu despacho sin coste para ti, gracias a la subvención del programa KitDigital ofrecido por el Gobierno.
¿Por qué digitalizar mi despacho?
Antes de informarte en qué consiste el Kit Digital, tal vez te interese echar un vistazo a nuestro artículo «La transformación digital en los despachos profesionales» para saber las bondades de digitalizar tu despacho.
¿En qué consiste el Kit Digital?
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
¿Cuáles son algunas de sus características principales?
- Fecha de inicio 15/03/2022 hasta 15/09/2022 o hasta que se acaben los fondos.
- Fondos destinados: 500 millones de euros.
- El período de implantación consta de dos fases:
- 1ª Fase que durará unos tres meses y supondrá el 70% de la ejecución del proyecto, dependiendo de la solución digitalizadora.
- 2ª Fase de hasta 12 meses para la finalización. Formación
- Las ayudas se concederán por orden de presentación de solicitudes
Las ayudas irán destinadas a soluciones nuevas o a sustituir soluciones ya adoptadas por los beneficiarios siempre que supongan una mejora funcional.
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima (6 meses) que establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
Soluciones Subvencionables
Ya puedes solicitar tu subvención del Kit digital a través de nuestro formulario en nuestra página web.